Derecho del consumidor a elegir un notario.

Elegir el notario con el que firmar sus escritura es una garantía y un derecho del consumidor. Este derecho es irrenunciable y no negociable. Cuando el vendedor de un inmueble sea un promotor, profesional o un empresario, que se dediquen a ello habitualmente, así como en los supuestos de contratación bancaria (préstamos, hipotecas, etc.) el derecho de elección corresponderá siempre al consumidor.

Las prácticas contrarias, como las que imponen al consumidor determinado notario o las que limiten su elección entre los notarios previamente seleccionados, son abusivas.

 Usted puede elegir al notario que prefiera. Busque al que mejor le asesore y consúltele todas las dudas que le suscite la operación que va a realizar. Es conveniente que acuda a su notario los días anteriores al de la firma, no espere al último momento. Él le asesorará, sin coste añadido, y le facilitará información comprensible sobre las consecuencias jurídicas y económicas de la operación, a fin de que celebre el contrato, previa reflexión suficiente, y con pleno conocimiento de su alcance jurídico.

C/ Robayna, 15 – Planta 1 (esquina a Calle Méndez Núñez)
38003 Santa Cruz de Tenerife
Telf.: 922 152 813 | 608 281 430
Fax: 922 276 734
info@notariajimenez.net

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Esta página no tiene propósito comercial. Si busca información general acerca del notariado o localizar a alguno de los más de tres mil notarios ejercientes en España, le sugerimos que visite la página del Consejo General del Notariado www.notariado.org